El eterno régimen transitorio

Los invito a que lean un artículo que escribió un amigo, Alejandro Mildenberger, quien es Lic. en Relaciones Internacionales, sobre el “Fondo Federal Solidario”, una de las medidas que el gobierno tomó supuestamente para solucionar el conflicto con el campo, pero que tiene más puntos álgidos que claros.

Por ejemplo, el modo de calcular los fondos a transferir a las provincias, que replica el sistema establecido en la Ley de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales, donde se establece el Régimen Transitorio de Distribución entre la Nación y las Provincias. En el artículo 15 de tal ley, se lee que regirá desde el 1 de Enero de 1988 al 31 de Diciembre de 1989, aclarando que su vigencia se prorrogará ante la inexistencia de una régimen alternativo. Es decir, al reparto de fondos (y qué mal suena la palabra “reparto”) lo rige una ley transitoria del año 1988. ¿Tanto nos puede llevar generar algo distinto (y si se puede, mejor)?.

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